El Ministerio de Transporte, por medio de la Resolución 1572 del 3 de mayo, reglamentó el uso y la instalación de estas de cintas retrorreflectivas preventivas para la circulación por las vías del país.

Plazo máximo 4 de enero 2020

Vehículos automotores tanto de servicio público como particular, destinados al transporte de pasajeros, con capacidad mayor a 9 pasajeros incluido el conductor que transiten por las vías suburbanas y rurales de los municipios y por las vías nacionales o en las vías privadas que internamente circulen vehículos.